Publicada el 28 de enero de 2026 / actualizada el 28 de enero de 2026
Dirigida a:
(Por favor, no solicite acceso de edición a los documentos; los anexos deben descargarse, diligenciarse e incluirse en la postulación a través del Sistema de Información Hermes)
1. Dependencias responsables
Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios - Vicerrectoría de Investigación.
2. Presentación
La Convocatoria nacional para el apoyo a proyectos de Investigación y Creación Artística de las sedes De La Paz y de presencia nacional de la Universidad Nacional de Colombia, se encuentra enmarcada por el Plan Global de Desarrollo 2025-2027 de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) “Por una Universidad pública y nacional que garantice el acceso al bien común del conocimiento y el derecho fundamental a la adecuación superior”, en el eje 4 “Líneas integradas de trabajo académico con proyección nacional e internacional” y la acción programática “Formular, gestionar y desarrollar convocatorias de apoyo a programas y proyectos de investigación, creación y extensión, así como alianzas interdisciplinarias e interinstitucional para responder a las necesidades territoriales y nacionales, en el marco de las políticas públicas de educación superior y apropiación social del conocimiento”, y se desarrolla a través del Plan de Acción de la Vicerrectoría de Investigación, en el Proyecto de Inversión 707-10-71 «Fortalecimiento del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia - SIUN para la generación de conocimiento con impacto en los territorios» que se encuentra a cargo de la Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios.
Con la presente convocatoria se espera dar continuidad al apoyo para el desarrollo de proyectos de investigación y creación artística que promuevan la generación de conocimiento con el fin de abordar de manera concreta problemáticas territoriales, nacionales y globales. Por ello, propone un enfoque estratégico orientado a la gestión del conocimiento con presencia en las sedes De La Paz y de presencia nacional para asegurar alcance regional y el fortalecimiento de comunidades académicas. Asimismo, aspira a generar impactos educativos y sociales medibles, asegurando sostenibilidad, replicabilidad y transferencia de resultados para contribuir a la toma de decisiones, al desarrollo sostenible y a la innovación social en los territorios.
Esta convocatoria busca dar continuidad al apoyo para el desarrollo de proyectos de investigación, creación artística e innovación en cualquier área del conocimiento, con el fin de abordar problemáticas regionales, nacionales o globales, proponiendo un enfoque estratégico orientado a la gestión del conocimiento con presencia en las sedes De La Paz y de presencia nacional, asegurando un alcance en los territorios, fomentando la co-producción de soluciones contextualizadas y socialmente pertinentes, generando impactos educativos y sociales medibles, asegurando la sostenibilidad, replicabilidad y transferencia de resultados para contribuir a la toma de decisiones y a la innovación social en los territorios, con difusión amplia para impactar positivamente a comunidades, entidades sociales y al entorno institucional.
3. Objetivo
La Convocatoria nacional para el apoyo a proyectos de Investigación y Creación Artística de las sedes De La Paz y de presencia nacional de la Universidad Nacional de Colombia, tiene como objetivo fortalecer las capacidades en investigación y creación orientadas a la atención de necesidades y de problemáticas territoriales, nacionales o globales en todas las áreas del conocimiento.
4. Dirigida a
Docentes de planta de la Universidad Nacional de Colombia que desarrollen actividades de investigación y creación artística, en virtud del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario.
5. Modalidad
Única
Enfoque conceptual : Pendiente áreas estratégicas de la VRI
6. Información financiera
6.1 Presupuesto disponible para la convocatoria:
El Proyecto de Inversión 707-10-71 «Fortalecimiento del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia - SIUN para la generación de conocimiento con impacto en los territorios» tiene disponible para esta convocatoria hasta $ 2 749 665 130, provenientes del Fondo de Investigación del Nivel Nacional, distribuido de la siguiente manera para las sedes De la Paz y de presencia nacional:
● Sede De La Paz: $ 551 997 951
● Sede Amazonia: $ 568 882 060
● Sede Caribe: $ 550 095 864
● Sede Orinoquia: $ 548 634 684
● Sede Tumaco: $ 530 054 571
● Este recurso se transferirá a las respectivas sedes en cada una de las vigencias de acuerdo con la distribución presupuestal anualizada que se definió en el marco del desarrollo del proyecto de inversión.
● La administración de los recursos destinados para los proyectos se hará a través de la unidad de gestión de investigación (UGI) del nivel sede, o instituto correspondiente.
● La ejecución y la legalización presupuestal se llevarán a cabo de acuerdo con las disposiciones y la normativa vigente de la UNAL.
● Los recursos no ejecutados podrán ser reasignados por las sedes en otras iniciativas, que den cumplimiento al desarrollo del Proyecto 707-10-71.
6.2 Valor máximo a financiar
El monto financiable para cada propuesta será de hasta $ 60 000 000 por proyecto:
● Los gastos que se ejecuten con cargo al presupuesto asignado deben estar directamente relacionados con las actividades de la propuesta, buscando eficiencia en su ejecución.
● El presupuesto solicitado se debe registrar en el Sistema de Información Hermes, seleccionando los rubros establecidos en el Catálogo de Clasificación Presupuestal (CCP) de la UNAL. Para esto se habilitarán todos los rubros en el formulario de la propuesta, se debe asegurar que cada gasto esté debidamente clasificado en los RUBROS SUBORDINALES DEL CCP y que corresponda con el objetivo y desarrollo de la propuesta.
Nota: En caso de dudas sobre la clasificación de un gasto específico, se consultará al área de presupuesto que corresponda para su debida asignación.
● La ejecución y la legalización presupuestal se llevarán a cabo de acuerdo con las disposiciones y la normativa vigente de la Universidad y de las instancias ejecutoras de cada sede involucrada en el proceso.
● La propiedad y ubicación de los equipos adquiridos, será definida mediante acuerdo escrito, al interior de cada propuesta y deberá constar obligatoriamente en la correspondiente orden de compra.
● El apoyo otorgado para cada propuesta deberá incluir el aporte del 4 x 1000 y otras retenciones a que haya lugar.
● Todo servicio, bien, licenciamiento, suscripción y/o implementación tecnológica e informática debe contar con el previo Visto Bueno de la instancia competente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 1551 del 2014 de Rectoría del Manual de Convenios y Contratos de la Universidad Nacional de Colombia.
6.3 Duración de la propuesta
● Duración permitida para la ejecución técnica y financiera de la propuesta: hasta 12 meses.
● Plazo adicional para la entrega de productos e informe final de la propuesta: hasta 2 meses después de finalizada la ejecución técnica y financiera de la propuesta.
● Prórroga permitida: Las prórrogas para la finalización de los proyectos no podrán ser superiores a seis (6) meses y deberán solicitarse antes de la fecha de finalización establecida en el acta de inicio.
7. Requisitos mínimos para participar
● Él (la) responsable del proyecto, deberá ser un(a) docente de planta de la Universidad Nacional de Colombia (de carrera o en período de prueba), en virtud del Capítulo 3, Artículo 11 del Acuerdo 123 de 2013 del Consejo Superior Universitario,
Nota: Los profesores especiales podrán ser responsables de proyectos y postularse a la convocatoria, siempre y cuando en el acto administrativo de vinculación se tenga permitido realizar actividades de investigación o creación artística. Este documento soporte deberá ser remitido al Sistema de Información Hermes a través del correo electrónico hermes@unal.edu.co, con el fin de habilitar el rol de acceso para la inscripción del formulario de solicitud.
● Él (la) responsable del proyecto, deberá estar al día con los compromisos adquiridos en relación con actividades de investigación y creación artística financiadas a través del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia al momento de cierre de la convocatoria, y tener diligenciado y actualizado la Hoja de Vida docente en el Sistema de Información Hermes.
● La propuesta deberá ser registrada por el docente responsable a través del formulario de inscripción disponible en el Sistema de Información Hermes para tal fin.
● La propuesta deberá especificar la contribución que se espera para la resolución de problemáticas regionales, nacionales o globales.
● Se deberá vincular a la propuesta al menos un(a) estudiante que se encuentre matriculado en un programa académico de pregrado o de posgrado de la Universidad Nacional de Colombia, al momento del desarrollo de las actividades y responsabilidades asignadas en el proyecto.
Nota: El (la) estudiante deberá estar registrado con nombre y cédula en la sección de integrantes del proyecto. En caso de que al momento de la postulación de la propuesta no se cuente con los estudiantes identificados, se deberán registrar por lo menos las actividades que desarrollarán durante su participación en el proyecto. No obstante, al momento de inicio del proyecto se deberán relacionar los datos y el plan de trabajo de los estudiantes que van a participar.
8. Documentos obligatorios
El (la) docente responsable de inscribir la propuesta en su totalidad en el formulario para la presente convocatoria en el Sistema de Información Hermes, deberá adjuntar los siguientes documentos en formato PDF (el tamaño máximo por archivo es de 3 megabytes [MB]):
● Carta de la Unidad Académica Básica, Unidad de Docencia y Formación (UDF), Centro o Instituto (o la que corresponda) al que pertenecen los(as) docentes que forman parte del proyecto, en la que se manifieste el compromiso de que, en caso de ser aprobado el proyecto, contarán con el tiempo disponible para el desarrollo de las actividades, especificando las horas de jornada docentes que dedicará al proyecto.
● Carta de compromiso firmada por los y las estudiantes que van a vincularse al proyecto, en la que establecen su compromiso de cumplir satisfactoriamente con las actividades y responsabilidades designadas como parte del desarrollo del proyecto.
Nota: En caso de que al momento de la postulación de la propuesta no se cuente con los estudiantes identificados, se deberán registrar por lo menos las actividades que desarrollarán durante su participación en el proyecto. No obstante, al momento de inicio del proyecto se deberán relacionar los datos y el plan de trabajo de los estudiantes que van a participar.
● Los documentos adicionales que los proponentes consideren pertinentes para suministrar a los pares evaluadores la información necesaria para la correcta valoración de la propuesta. Si la propuesta incluye tablas, fórmulas, gráficos o fotografías deberán adjuntarse en formato PDF (el tamaño máximo por archivo es de 2 megabytes [MB]) mediante la opción disponible al final del formulario de inscripción en el Sistema de Información Hermes.
9. Incompatibilidades
● Un(a) docente podrá presentar una única propuesta por vigencia en esta convocatoria. En caso de presentar más de una propuesta, deberá definir con cual participará, una vez finalice la etapa de verificación de requisitos.[1]
● Un estudiante no podrá participar en más de una propuesta en esta convocatoria.
● La presente convocatoria se regirá por el régimen de incompatibilidades establecido en el Artículo 26 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación, que establece:
● Las personas que participen en esta convocatoria no podrán ser designadas dentro de ella como evaluadores, integrantes de la mesa de evaluadores o como miembros del comité responsable de seleccionar las propuestas ganadoras. De igual modo, tampoco podrán tener a su cargo la elección o designación de los evaluadores o de los integrantes de la mesa de evaluadores.
Asimismo, no podrán presentar propuestas a una convocatoria los integrantes de las dependencias responsables del diseño de sus términos de referencia, ni quienes tengan a su cargo la ordenación del gasto de investigación y/o extensión en el nivel de la Universidad Nacional de Colombia que dé apertura a la convocatoria.
● Cada evaluador(a) debe estar libre de conflictos de intereses durante el proceso. De no ser así, estará obligado(a) a expresar su impedimento, en cuyo caso se procederá a designar a un(a) nuevo(a) evaluador(a).
10. Procedimiento para la selección de los proyectos
10.1. Verificación del cumplimiento de requisitos y documentación requeridos
Las instancias correspondientes en las sedes De La Paz y de presencia nacional, serán las responsables de la verificación del cumplimiento de los requisitos y la documentación exigida en los términos de referencia de la convocatoria. Este procedimiento se realizará y podrá ser consultado por los participantes a través del Sistema de Información Hermes.
En caso de presentar incompatibilidad en el proceso de verificación, podrán contar con el apoyo de alguna sede andina o de la Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios.
10.2. Aclaraciones
Una vez publicadas las propuestas que cumplan con los requisitos y documentación exigida, se iniciará la etapa de solicitud de aclaraciones que debe ser tramitada exclusivamente a través del Sistema de Información Hermes, de acuerdo con el cronograma establecido en la presente convocatoria, así:
● Los participantes tendrán dos (2) días hábiles para presentar solicitud de aclaraciones.
● Las dependencias responsables del proceso de verificación responderán las solicitudes en un plazo de cinco (5) días hábiles después de recibidas.
Las solicitudes recibidas por fuera de las fechas definidas en el cronograma de la presente convocatoria se considerarán extemporáneas, serán rechazadas y no serán tenidas en cuenta en el proceso de evaluación.
10.3. Evaluación de las propuestas
Las propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos y la documentación exigida para la presente convocatoria continuarán a la fase de evaluación, la cual se realizará dando cumplimiento a lo establecido en el Capítulo VI, Artículo 16 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación.
Las evaluaciones presentarán calidad de inapelables, serán registradas a través del Sistema de Información Hermes y estarán disponibles para consulta de los docentes responsables de las propuestas. Los puntajes obtenidos serán ordenados de manera descendente y serán considerados para la selección los que obtengan una calificación igual o superior a 80 puntos sobre 100.
En caso de que haya una diferencia superior a 30 en los puntajes obtenidos por un proyecto en las dos evaluaciones, se deberá realizar una tercera evaluación, siempre y cuando una de las evaluaciones sea igual o superior a 80 puntos. El puntaje asignado a cada proyecto será el promedio aritmético de las dos (2) evaluaciones más cercanas.
Criterios de evaluación
Las propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos y la documentación exigida en la convocatoria se someterán al proceso de evaluación bajo los siguientes criterios:
Criterio
Valoración (en puntos)
Coherencia: articulación entre el problema, metodología, presupuesto solicitado, cronograma y resultados esperados, para cumplir los objetivos planteados los cuales deben ser claros, medibles y alcanzables.
30
Alcance de la propuesta: Factibilidad de los resultados y productos esperados según las actividades planteadas, el cronograma propuesto y el presupuesto.
20
Formación de Estudiantes: Nivel de aporte a través de los objetivos y resultados esperados del proyecto al proceso de formación, en actividades de investigación de los estudiantes de pregrado y posgrado vinculados.
10
Integración del equipo de trabajo: Nivel de articulación del equipo de trabajo conformado por docentes y estudiantes, teniendo en cuenta las actividades y responsabilidades registradas en la propuesta en pro de la obtención de los resultados esperados.
10
Impacto en el territorio y la región: La propuesta de investigación debe generar resultados útiles para la zona de estudio de la sede financiadora.
30
10.4. Selección de las propuestas
La Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios con el apoyo de las dependencias que hagan sus veces en las sedes De La Paz y de presencia nacional, designarán un comité de selección de acuerdo con lo establecido en el Capítulo VI, Artículo 19 de la Resolución 17 de 2024 de la Vicerrectoría de Investigación.
Para la selección de las propuestas beneficiarias de la convocatoria, se tendrán en cuenta:
● Los conceptos y puntaje asignado en el proceso de evaluación, ordenados de manera descendente.
● Los proyectos cuya calificación sea igual o superior a 80 puntos sobre 100.
● Disponibilidad presupuestal.
En caso de empate, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
● Mayor número de estudiantes de pregrado o posgrado
El comité de selección podrá conformar un banco de financiables con aquellas propuestas que, a pesar de cumplir con los criterios de selección y tener una calificación con un puntaje igual o mayor a 80 puntos y que por falta de disponibilidad presupuestal no alcancen a ser financiadas con los recursos disponibles en la convocatoria. Estas propuestas podrán ser beneficiadas con recursos adicionales de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de alguno de los niveles aportantes.
10.5. Publicación de ganadores
Las instancias correspondientes en las sedes De La Paz y de presencia nacional, elaborarán la lista de ganadores al contar con el tope de las propuestas a financiar la cual será publicada en la página de la convocatoria a través del Sistema de Información Hermes y en el portal de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia.
11. Compromisos y productos esperados
● El (la) docente responsable de la propuesta deberá garantizar la calidad, la excelencia y la pertinencia académica en la coordinación, ejecución y terminación del proyecto y de sus productos, así como asumir las responsabilidades administrativas a que haya lugar, de conformidad con el acta de inicio del proyecto.
● La activación y ejecución de los proyectos que sean aprobados se realizará a través del Sistema de Información Hermes de acuerdo con los «Lineamientos para la activación, ejecución y seguimiento financiero de los proyectos de investigación, tanto de convocatorias internas como de financiación externa».
● Para la activación de los proyectos seleccionados se requerirá:
◦ Que todo proyecto que involucre en su desarrollo el uso de seres vivos cuente con una revisión y aval de un comité de ética que de manera plural velará por el cumplimiento de aspectos relacionados con los principios éticos en investigación «El respeto a las personas, a los seres vivos y al ambiente», así como a la integridad científica desde su área desde aplicación (para esto, el (la) investigador(a) podrá gestionar la solicitud de aval al Comité de Ética en Investigación a través del sistema Hermes, teniendo en cuenta el respectivo procedimiento).
◦ Tramitar los permisos ambientales (recolección de especímenes, consulta previa, acceso a recurso genético y/o productos derivados, e importación/exportación de especímenes) o aquellos que por la especificidad del tema deban obtenerse.
● Presentar a través del Sistema de Información Hermes un informe de avance de ejecución de actividades y un informe final técnico y presupuestal en las fechas establecidas en el acta de inicio del proyecto. Se espera que a la mitad del tiempo de ejecución del proyecto se haya ejecutado por lo menos el 50% de los recursos financiados, de acuerdo con las exigencias mismas de la ejecución del proyecto.
● Presentar como mínimo los siguientes productos académicos del Anexo 1:
➢ Al menos un producto que corresponda al literal B. Productos de actividades de investigación relacionadas con Formación
➢ Al menos un producto que corresponda a la tipología C. Productos relacionados con la divulgación científica de actividades de investigación
➢ Al menos un producto que corresponda a la tipología D. Producto relacionado con apropiación social del conocimiento.
Para los proyectos de creación artística: podrán presentar obras de creación (en arquitectura, en diseño, en música, en artes plásticas y visuales, en artes escénicas) que se encuentren validadas o en proceso de validación por una instancia interna o externa a la Universidad (ejemplos: concursos, jurados, curadurías, comités de selección, etc.).
Nota: Los certificados, entregables o evidencias del cumplimiento de cada uno de los productos mínimos establecidos deberán ser registrados en el sistema de Información Hermes, como parte del informe final del proyecto.
12. Propiedad intelectual
Las propuestas que resulten beneficiarias de la presente convocatoria deberán observar la normatividad nacional e institucional vigente en materia de propiedad intelectual, especialmente el Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico y la Resolución RG 032 de 2012 de Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia.
La titularidad de los derechos patrimoniales sobre los resultados del trabajo interdisciplinario de la propuesta beneficiaria, así como los beneficios económicos que puedan derivarse de su explotación, se regirán por el Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico, la Resolución RG 032 de 2012 de Rectoría y demás normas vigentes aplicables en la materia.
En caso de existir la participación de terceros, los beneficiarios de la convocatoria definirán a través de acuerdos con dichos terceros los porcentajes de titularidad de los derechos patrimoniales sobre los resultados del trabajo interdisciplinario de la propuesta beneficiaria, y/o los beneficios económicos derivados de la explotación de dichos derechos, de acuerdo con sus aportes intelectuales, económicos y/o en especie susceptibles de ser valorados.
En los casos de los estudiantes vinculados a las propuestas beneficiarias de la presente convocatoria que realicen actividades asociadas a sus trabajos de grado, tesis de maestría o doctorado o sus propuestas de trabajo final de profundización o de especialidad en el área de la salud, conservarán la titularidad de los derechos patrimoniales de autor sobre los mismos, en los términos del artículo 24 del Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico, sin perjuicio de acuerdos de voluntades que se hayan suscrito con terceros colaboradores. De cualquier forma, la Universidad Nacional de Colombia, a través de las propuestas beneficiarias, podrá hacer uso de los datos derivados de dichas actividades con fines asociados a la creación y divulgación de los productos de investigación de la presente convocatoria.
13. Cronograma
Esta convocatoria se abrirá a partir del día XX de febrero del 2026 y será permanente en cada sede de presencia nacional o la sede De La Paz, a partir de su apertura y hasta agotar los recursos disponibles.
Los interesados en participar en la presente convocatoria podrán postular sus propuestas en cualquier momento, desde la fecha de apertura hasta la fecha de cierre señalada, de acuerdo con los lineamientos de la convocatoria. La verificación y aprobación de los requisitos se realizará después de la postulación, conforme al numeral 10.2 (Aclaraciones y subsanaciones).
Cada una de las sedes de presencia nacional o la sede De La Paz tendrán la autonomía para definir las fechas de las etapas de evaluación y de selección de acuerdo con la demanda de propuestas postuladas, las necesidades institucionales y la disponibilidad presupuestal.
Nota: La fecha de cierre de esta convocatoria no deberá ser posterior al 30 de noviembre de 2027.
14. Consideraciones adicionales
● La ejecución financiera de esta convocatoria se hará a través de la Unidad de Gestión de Investigación (UGI) de las sedes De La Paz y de presencia nacional a la que pertenece el docente responsable de la propuesta. La legalización de los recursos adjudicados se deberá realizar de acuerdo con la normativa vigente de la Universidad.
● La activación en el Sistema de Información Hermes de las propuestas seleccionadas se realizará a partir de la notificación de emisión del acta de inicio, el (la) responsable/director(a) del proyecto tendrá un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles para aprobar a través del Sistema de Información Hermes; de esta forma, se dará por legalizada y se iniciará la ejecución de la propuesta.
● Las solicitudes de modificación presupuestal o de contenido de la propuesta y las prórrogas podrán ser autorizadas por la instancia correspondiente en las sedes De La Paz y de presencia nacional responsable del seguimiento técnico y financiero, siempre y cuando se mantenga el cumplimiento de los términos de referencia y se encuentren debidamente justificadas.
Nota: No se permitirán modificaciones del objetivo general de cada propuesta, con el fin de no afectar el planteamiento y finalidad principal del trabajo a desarrollar.
● Las prórrogas en tiempo para la finalización de la propuesta presentada o para la ejecución presupuestal deberán tramitarse antes de la fecha de finalización establecida en el acta de inicio (numeral 6.3). Las solicitudes de prórroga que superen este periodo deberán estar debidamente justificadas y contar con la aprobación del cuerpo colegiado de las instancias correspondientes.
● Las solicitudes de modificación y las prórrogas deberán realizarse a través del Sistema de Información Hermes de acuerdo con los «Lineamientos para la activación, ejecución y seguimiento financiero de los proyectos de investigación, tanto de convocatorias internas como de financiación externa»
● En caso de incumplimiento de los compromisos adquiridos, el (la) responsable del proyecto quedará inhabilitado(a) para participar en convocatorias del Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia mientras no se encuentre a paz y salvo.
● La no ejecución de los recursos o la existencia de saldos obligarán a su devolución total o parcial, según sea el caso, a los niveles aportantes en las proporciones en que se otorgaron, en un plazo no mayor a tres (3) meses. Los costos financieros de este traslado deberán ser asumidos por la unidad ejecutora.
15. Autorización de uso de datos personales
Para todos los efectos legales, la presentación, inscripción o registro de la propuesta, de forma inequívoca y exclusivamente para los fines de la presente convocatoria, implica obligatoriamente la autorización expresa del titular de información para el tratamiento de sus datos personales por parte de la UNAL.
El (la) docente de planta que presente, inscriba o registre la propuesta declara que ha recibido autorización expresa de todas las personas naturales y jurídicas vinculadas a esta propuesta, para suministrar las informaciones a que hace referencia la ley de manejo de datos, comprometiéndose a responder ante la UNAL por cualquier demanda, litigio presente o eventual, reclamación judicial o extrajudicial, formulada por cualquiera de las personas naturales o jurídicas vinculadas a la propuesta. Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 «Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales» y la Resolución 207 de 2021 de la Rectoría que establece la Política de tratamiento de datos personales de la Universidad Nacional de Colombia.
16. Más información
En caso de inquietudes acerca de los términos de referencia, por favor, comuníquese con:
● Dirección Nacional de Investigación y Laboratorios: gestiondnil_nal@unal.edu.co
● Dirección de Investigación y Extensión Sede De La Paz: dirinvexdelapaz@unal.edu.co
● Coordinación de Investigación y Extensión Sede Caribe: inves_caribe@unal.edu.co
● Instituto Amazónico de Investigaciones Sede Amazonía: insinv_ama@unal.edu.co
● Instituto de Estudios de la Orinoquía Sede Orinoquia: investigacion_ori@unal.edu.co
● Instituto de Estudios del Pacifico Sede Tumaco: direccioniep_tum@unal.edu.co
Para consultas sobre el formulario de inscripción del Sistema de Información Hermes, por favor, escriba al correo electrónico hermes@unal.edu.co.